MAGNIFICA PARCELA URBANA EN URBANIZACIÓN NUEVA SIERRA. ALBALATE DE ZORITA.
Situada en el conjunto urbanístico residencial "Nueva Sierra" disponemos de esta fantástica parcela de 1281 metros cuadrados, sin desnivel.
Es un terreno urbano en venta en Albalate de Zorita, residencial "Nueva Sierra" en la provincia de Guadalajara. Localidad a 126 km de Madrid y 68 de Guadalajara con todos los servicios.
Albalate cuenta en su término municipal con el embalse de Bolarque, lugar de gran belleza que permite tanto el baño como la práctica de deportes náuticos. Y por supuesto, el río Tajo, a su paso por la localidad dejar lugares únicos para explorar.
La Urbanización Nueva Sierra se ubica entre las provincias de Cuenca y Guadalajara en plena Sierra de Altomira y a los pies de embalse de Bolarque en un entorno natural y paisajístico privilegiado.
La urbanización cuenta entre sus instalaciones con cuatro complejos deportivos, un puerto deportivo, Club Náutico y una playa artificial, además de varios bares y restaurantes y un hotel.
Se trata de una urbanización privada gestionada por una Entidad Urbanística de Gestión cuyo acceso es restringido previa identificación en los puntos de acceso.
OCUPACIÓN MÁXIMA POR LA EDIFICACIÓN. ?€? A estos efectos, el índice de
ocupación máxima de la parcela quedará en el 25 % de su superficie, incluido el garaje.
MÁXIMA EDIFICABILIDAD. ?€? La superficie máxima edificable, será la resultante
de aplicar a la superficie de la parcela, el coeficiente de 0,5 m2./ m2. que de m2 construible por cada m2. de parcela.
ÁREAS LIBRES.- Los porcentajes restantes en cada parcela una vez deducida la
superficie, susceptible de ser edificada, se considerarán afectos permanentemente a la
edificación como zona verde privada y por tanto inedificable.
ALTURA DE LA EDIFICACIÓN. ?€? Será de dos plantas, pudiéndose edificar una
ático torreón, siempre que cumpla la condición de que la altura total de la edificación,
definida como la diferencia de cotas entre el punto más alto de la edificación y el punto
medio del corte de la rasante del terreno con la fachada (Tomando la más favorable) no
supere los 9 metros.
ALTURA DE LOS PISOS. ?€? La altura de los pisos, será de libre determinación,
siempre que no sea inferior a 2,50 en locales propios de la vivienda y de 2,25 en locales
auxiliares de la vivienda.
En plantas situadas bajo cubierta, será admisible el techo inclinado, midiéndose la altura
en el punto medio de la cubierta inclinada.
DISTANCIA MÍNIMA A LOS LINDEROS. ?€? Cualquier parte de la construcción,
(incluido vuelos), deberá estar separado de los límites de la parcela respectiva, por una
distancia no inferior a 5,00 m. en frente de calle y a 3,00 m. respecto a los demás
linderos.
El anuncio puede contener errores, se muestra a título informativo y no contractual.
Llame sin compromiso.
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